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  • Foto del escritorEspejos

Sindicato del INAH exigen a la Secretaria de Cultura y a la SHCP no afectar sus derechos laborales.


Ciudad de México, México, 16 de diciembre 2021

Entrega 468/21




DESPUES DE 35 AÑOS DE VIGENCIA DE LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA LAS SECRETARÍAS DE CULTURA FEDERAL Y LA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO SE PLANTEAN DESCONOCER LAS NORMAS LABORALES DE LOS TRABAJADORES DEL INAH .


Una de las Instituciones de cultura más importantes y antiguas de México, es el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), con vida institucional de ochenta y dos años, herencia del General Lázaro Cárdenas del Río que como presidente de la República, se preocupó por crear una Institución que contribuyera a la solución de los problemas sociales del país a través de los estudios de antropología, arqueología e historia, y a la protección, restauración y conservación de monumentos que constituyen el Patrimonio Cultural en nuestra nación. Para ello fundó el INAH por Instituto Nacional de Antropología e Historia en diciembre de 1938, que entró en funciones el 3 de febrero de 1939.


Desde la fundación del INAH, el reconocimiento de sus trabajadores quedó inscrito en su Ley Orgánica, específicamente en sus artículos 9º y 10º donde se estableció la importancia de su personal técnico especializado que sería regulado por la propia Secretaría de Educación Pública de la cual dependía entonces, y en el caso del personal administrativo, sería regulado por el Estatuto Jurídico de los Empleados Públicos de la Federación. En diciembre de 1985, se reforma la Ley Orgánica del INAH y se modifican los artículos 9º y 10º entre otros, y se concentran los derechos de los trabajadores en el nuevo artículo 9º de la Ley reformada, en la cual se reconocen en ese momento, el valor de las Condiciones Generales de Trabajo (CGT) del INAH mismas que fueron depositadas en 1982 por el Instituto, ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, salvaguardando su vigencia y el avance que esto significó. Cabe referir que, aún frente a la creación de la Secretaría de Cultura Federal (SECUL) en diciembre de 2015, en los artículos 3° y 4° transitorios del Decreto de creación de ésta, se ratifica la vigencia de las leyes regulatorias del INAH y los derechos adquiridos a lo largo de décadas; lo que, es más, las CGT regulatorias para el personal de la SECUL, se alinean a lo dispuesto en los artículos transitorios de referencia, que a la letra disponen:


TERCERO TRANSITORIO. Los derechos laborales de los trabajadores que presten sus servicios en el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, en la Secretaría de Educación Pública, en los órganos administrativos desconcentrados y en las entidades paraestatales que, con motivo de la entrada en vigor del presente Decreto, queden adscritos o coordinados a la Secretaría de Cultura, respectivamente, serán respetados en todo momento, de conformidad con lo dispuesto en las leyes y demás disposiciones aplicables.


CUARTO TRANSITORIO. El Instituto Nacional de Antropología e Historia y el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, continuarán rigiéndose por sus respectivas leyes y demás disposiciones aplicables y dependerán de la Secretaría de Cultura, misma que ejercerá las atribuciones que en dichos ordenamientos se otorgaban a la Secretaría de Educación Pública.


Son treinta y nueve años de vigencia de las CGT del INAH, resultado de acuerdos bilaterales con una visión institucional de vanguardia en la que se regulan las relaciones laborales, por ejemplo: se tiene reglamentado todos los procesos de admisión y procesos escalafonarios a través de un cuidadoso procedimiento de evaluación en el que se toman en cuenta los méritos académicos y los conocimiento teórico prácticos en el puesto en los que prevalece la bilateralidad para garantizar el balance entre la parte administrativa, normativa y académica institucional. Ahora que han pasado seis años de vida en la SECUL, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)envía al INAH una propuesta para regular temas de orden administrativo, cuando en realidad se trata de una propuesta para modificar las relaciones laborales, denominada: COMENTARIOS Y OBSERVACIONES FORMULADOS AL PROYECTO DE CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO (CGT) DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA (INAH), RECIBIDO MEDIANTE OFICIO 315-A-3101 DE 8 DE OCTUBRE DE 2021, EMITIDO POR LA COORDINACIÓN DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO DE EDUCACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO “A”, proyecto que violenta los derechos laborales y devela la clara intención de desconocer los derechos humanos de quienes laboramos en el INAH, repercutiendo en la transparencia de la administración pública federal y en el detrimento de la calidad de la profesionalización del personal, de sus aportaciones y servicio al país. Lo que es más grave y alarmante, es que la SHCP es omisa y excluye de facto lo establecido por los poderes Legislativo y Judicial de la Federación como son el Decreto de creación de la Secretaría de Cultura, la Ley Orgánica del INAH y las Condiciones Generales de Trabajo respectivamente; con su actuar, la SHCP está erigiéndose en un órgano plenipotenciario que deja de lado la división de poderes que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece.

Las pretendidas nuevas condiciones generales de trabajo para el INAH, propuestas por la SHCP impactarían directamente en la calidad del desarrollo laboral del personal especializado del Instituto, poniendo en riesgo las actividades sustantivas del INAH y por tanto la conservación, investigación y divulgación del valioso legado histórico y cultural de todos los mexicanos. En consecuencia a dicha pretensión de la SHCP y de la propia SECUL, los trabajadores agremiados a los diversos sindicatos existentes en el INAH, nos manifestamos en lucha unitaria por la defensa de nuestras derechos laborales que involucran los logros conquistados por la vida sindical y vigentes en nuestro Instituto, derecho humano de todo trabajador consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (artículos 1° y 123 constitucionales). ¡¡¡Ni un paso atrás en la defensa de los derechos adquiridos de los trabajadores!!! ¡¡¡Rechazamos cualquier intento de modificación de la naturaleza jurídica laboral que rige en el INAH!!!


Seis sindicatos fueron los que se reunieron en la conferencia de prensa a lo que cada secretario comentó:



  • SINDICATO NACIONAL DE PROFESORES DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DOCENCIA DEL INAH Mtro. Gustavo Alberto Ramírez Castilla Secretario General Nacional: -"Durante más de 80 años el INAH ha estado abocado y comprometido a proteger junto con el INBAL, aquello que da reconocimiento y prestigio a nuestro país y ha llevado no solamente a todas las regiones de México, sino también al extranjero. Quienes realizan la gran tarea son sus trabajadores en sus diferentes categorías y especialidades. Somos científicos, restauradores, conservadores, arquitectos, biólogos, custodios; es decir, esta comunidad de trabajadores tiene una forma formación especializada y con compromiso social que siempre se ha hecho patente.-"



  • SINDICATO NACIONAL DE ARQUITECTOS CONSERVADORES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA SC-INAH en Arq. Luis Ojeda Godoy Secretario General Nacional. -"Este riesgo es derivado de no atender por parte de la autoridad los correctos procedimientos administrativos para reconocer toda la documentación y respaldo que tienen a sus condiciones de trabajo en la transferencia que se hizo en su momento de la Secretaría de Cultura. Un tema que se hereda del sexenio pasado y que no sse ha atendido en este".-



  • SINDICATO NACIONAL DE RESTAURADORES DEL INAH Lic. en Rest. Corinna Ximena Rojas Muñoz Secretaria General Nacional. Asevera -"que no solo es el desconocimiento de los derechos laborales, también consideramos que no le corresponde a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público hacer modificaciones a nivel laboral dentro de las instituciones. Además es una propuesta que retrocede en los modelos escalafonarios para el ingreso y propicia procesos poco transparentes, lo que facilita la corrupción para la admisión de trabajadores, así la profesionalización se vería afectada, pues las capacidades qiedan en segundo termino, al final lo que se va a transgredir es el patrimonio cultural, las herencias culturales y eso afecta a todos los mexicanos."-



  • SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA SECRETARÍA DE CULTURA Lic. José Enrique Vidal Dzul Tuyub Secretario General Nacional.-"No solamente podemos ver la institución como el instrumento político que emana de la constitución política mexicana, la institución tiene que estar vinculada y articulada con sus recursos humanos, mismos que generan un patrimonio intelectual y de ciencia aplicada.- Comentó.



  • SINDICATO NACIONAL DEMOCRÁTICO DE TRABAJADORES DE LA SECRETARÍA DE CULTURASECTOR INAH Lic. Carlos Arturo Hernández Carrillo Secretario General Nacional. Comentó. -"que lo que hace la Secretaria de Hacienda con las observaciones que ha turnado al INAH, es desconocer de facto lo que está escrito en el artículo 3° y 4° transitorios y violenta el artículo 9° de la Ley Orgánica del INAH, por ordenamientos regulatorios de la relación laboral que no podemos desconocer y mucho menos modificar".



  • SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS, MANUALES, TÉCNICOS Y PROFESIONISTAS DEL INAH Mtra. Silvia Loza López Secretaria General Nacional.- "A nombre de los trabajadores administrativos y técnicos, nos venimos a manifestar nuestro desacuerdo, no porque nos vallan a violar solamente los derechos laborales sino los derechos humanos de los trabajadores, no tomando en cuenta la trayectoria al NO tomar en cuenta toda la trayectoria del INAH. La Secretaria de Hacienda no es Órgano normativo que le corresponda establecer observaciones, observaciones de fondo que son violaciones de leyes y normas.



Les compartimos en canal de YOU TUBE DEL INAH







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